martes, 6 de marzo de 2012

comparativa

COMPARATIVA
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
SISTEMA ELECTORAL
Estados unidos es una república constitucional, presidencial y federal. Su gobierno tiene unos poderes limitados enumerados en la Constitución de los Estados Unidos. Su forma de gobierno es conocida como democracia presidencialista porque hay un presidente. La elección del presidente es indirecta a través de compromisarios o grandes electores.
Los principales partidos políticos son el Partido Republicano y el Partido Demócrata. Los terceros partidos con escasa representación y limitada a algún territorio particular son el Partido Verde, el Partido Libertario y el Partido de la Constitución.
Existen muchos otros partidos menores, como el Partido Paz y Libertad, el Partido Socialista de los Trabajadores, el Partido de la Opción Personal, el Partido Write-Ins, el Partido Socialista, el Partido Comunista, el Partido de la Prohibición, el Partido Comunista Revolucionario y el Partido Centrista.
El sistema electoral data de 1787, poco después de la independencia y adoptó el mecanismo del colegio electoral, una forma indirecta de elección que para los Padres Fundadores aseguraba el voto popular y la voz de los Estados menos poblados. El primer presidente de EE.UU., George Washington definió el sistema así: “el platillo que permite sostener la taza de café hirviendo".
El presidente de Estados Unidos es en la práctica el jefe del Estado, detenta el poder ejecutivo y es el jefe de la Administración, decide sobre política exterior, es el comandante supremo de las fuerzas armadas y puede proponer leyes.
El sistema legislativo federal de los Estados Unidos, está formado por dos cámaras independientes: el Senado y la Cámara de Representantes. El Senado está constituido independientemente de la población o del número de Estados, por dos senadores por Estado (en la actualidad, la totalidad de senadores es 100) cada senador tiene una vigencia de seis años en el cargo con opción de reelección. La Cámara de Representantes consta de 435 congresistas, repartidos por los diversos Estados según el peso demográfico de cada cual mediante el método Hill-Huntington (que asegura tres representantes para los Estados menos poblados). Los Estados se dividen en tantos distritos como representantes tengan. Cada diez años, según el censo, se actualiza la distribución de representantes.
Los estadounidenses acuden a las urnas el primer martes de noviembre cada cuatro años (coincidiendo con los años múltiplos de cuatro) para elegir un nuevo Presidente de los Estados Unidos. El partido ganador de la elección popular tiene derecho a mandar a los electores de su partido al Colegio Electoral que elegirá al Presidente. El número de los compromisarios varía según la población estatal.

REPUBLICA MEXICANA
SISTEMA LEGAL MEXICANO

Los Estados Unidos Mexicanos se encuentran organizados en una federación, cuya naturaleza jurídica, se fundamenta en los artículos 40 y 41 de la Carta Magna. Dichos preceptos constitucionales establecen que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta Ley fundamental; y el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos establecidos por esta Constitución...”.
Los Poderes de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran separados de acuerdo al principio de la división de poderes tal como lo establece el artículo 49 de nuestra Carta Magna en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. De la misma forma que a nivel Federal, los 31 Estados y un Distrito Federal libres y soberanos que están facultados para elegir a sus autoridades; cada Entidad Federativa dispone de su propia Constitución y legislación local.
En el ámbito federal se ejerce por el Congreso de la Unión, el cual se encuentra compuesto por las Cámaras de Diputados y Senadores. Su función principal es legislar sobre las materias exclusivas que la Carta Suprema señala en el artículo 73, cuando funciona integrado por ambas Cámaras; en el 74, cuando sólo actúa la Cámara de Diputados; o en el 76, cuando se trata de la de Senadores.

La Cámara de Diputados se integra por 500 diputados, de los cuales 300 son elegidos por el principio de votación mayoritaria relativa, es decir, los que obtengan mayor número de votos en las elecciones, y 200 mediante el principio de representación proporcional asignados según el número de votos que obtenga cada partido. Duran en su encargo tres años. Por su parte, la Cámara de Senadores se integra por 128 senadores, de los cuales 64 son elegidos por el principio de votación mayoritaria y 32 son asignados a la primera minoría, en cada entidad federativa.

Los restantes 32 son elegidos por el principio de representación proporcional. Duran en su encargo seis años. Las Cámaras funcionan durante dos periodos de sesiones al año. En los periodos intermedios, denominados de receso, funciona un órgano que se denomina Comisión Permanente, integrado por 19 diputados y 18 senadores.

En el ámbito Estatal, el Poder Legislativo se ejerce por las Cámaras de Diputados locales, las que pueden expedir todo tipo de leyes, excepto en los casos que la Constitución Federal lo prohíbe expresamente. En el caso del Distrito Federal, la facultad legislativa es compartida entre el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa del propio Distrito Federal, de conformidad con la distribución de competencias establecida en la Constitución.

Según el artículo 80 de la Constitución, en el terreno federal, este poder se deposita en un solo individuo denominado Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, quien es elegido por votación popular, libre, directa y secreta, para un encargo de seis años, sin posibilidad de reelección. De acuerdo con el artículo 89 de la Constitución Federal, algunas de sus atribuciones son:
1. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, así como proveer en la esfera administrativa a su exacta observancia facultad reglamentaria;
2. Nombrar a diversos funcionarios de la administración pública federal;
3. Dirigir la política exterior;
4. Conducir la administración pública federal, y
5. Promover ante el Congreso iniciativas de leyes o decretos.

En el ámbito local, según el artículo 116 constitucional, este poder lo ejercen los gobernadores de los Estados, mientras que en el caso del Distrito Federal, de acuerdo al artículo 122 del mismo ordenamiento, algunas facultades corresponden al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras al Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Tanto los gobernadores como el Jefe de Gobierno duran en sus encargos seis años.

De acuerdo con el artículo 94 de la Constitución Federal, el ejercicio del Poder Judicial de la Federación se deposita en una Suprema Corte de Justicia de la Nación, un Tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito. La administración, vigilancia y disciplina de este poder, con excepción de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral, corresponden al Consejo de la Judicatura Federal.

Existen otros órganos encargados de la administración de justicia que no forman parte del Poder Judicial, tales como el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y el Tribunal Superior Agrario.

En los Estados, el Poder Judicial se encuentra organizado según lo que establecen sus respectivas Constituciones. Generalmente se integra por un Tribunal Superior de Justicia, o Supremo Tribunal de Justicia, Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz, llamados también menores, municipales o de cuantía menor y, en algunos casos, por un Consejo de la Judicatura. En algunos Estados los tribunales en materia electoral, administrativa, laboral de los trabajadores del Estado y Municipios, o de menores, forman parte del Poder Judicial, mientras que, en otros, funcionan de manera independiente.

En el Distrito Federal el Poder Judicial está organizado de conformidad con el artículo 122, apartado C, base cuarta de la Constitución Federa l. Se integra por un Tribunal Superior de Justicia, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de Paz y un Consejo de la Judicatura.

La Constitución Política de la República Mexicana, aprobada por el Congreso General Constituyente el 5 de febrero de 1857, consolidó la república federal como forma de organización política. En esta constitución, por primera vez, se reconocen los derechos y libertades fundamentales de las personas; se precisó la forma de integración de los poderes de la federación y se establecieron las funciones y facultades de los órganos del poder público.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de 1917, reformó la Constitución de 1857. Esta constitución conservó la república federal como forma de organización política del Estado mexicano. La Constitución Política de 1917 es la ley suprema de la organización política de México. Ésta nos permite conocer nuestros derechos y obligaciones fundamentales.

En los Sentimientos de la Nación, documento elaborado por José María Morelos y Pavón, se establecieron las bases para que, más tarde, México se organizara como un Estado soberano. La Constitución Política de México consta de 136 artículos, organizados en nueve títulos. Cada título, a su vez, está organizado en capítulos.

Nuestra Constitución establece, principalmente, dos aspectos: las garantías individuales y derechos sociales de que goza la población, y la forma de organización del Estado. Se establece la división de los poderes públicos, sus responsabilidades y funciones.

viernes, 2 de marzo de 2012